Las elecciones generales del 10 de abril se encuentran próximas a realizarse y, como es habitual en nuestro país, la inscripción de variopintos candidatos dispuestos a alcanzar el sillón presidencial, así como uno de los 130 escaños del Congreso de la República o alguno de los cinco puestos del Parlamento Andino no se hizo esperar.
Por lo pronto, en el
presente artículo revisaremos la gran cantidad de candidatos presentados ante
el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que no solo sorprende por el número
sino por la existencia de antecedes a nivel judicial que presentan muchos de
ellos, tanto en el ámbito penal como en el civil, así como aquellos procesos en
curso que mantienen hasta el día de hoy.
El JNE -como máximo órgano electoral y fiscalizador de la legalidad de los procesos
electorales, permite a los ciudadanos, a través de su
portal web y de la aplicación Voto Informado, acceder a información general de los candidatos postulantes al
Congreso, por partido y circunscripción electoral, mediante la publicación de
sus hojas de vida que contienen datos como: experiencia laboral, formación
académica, cargos partidarios, ingreso de bienes y rentas, así como la relación
de sentencias condenatorias en materia penal y civil.
Sin embargo, algo que nos parece muy
importante resaltar es que la información respecto de aquellos procesos que aún
se mantienen en curso no se encuentran disponibles para la población, debido a
que los candidatos no se encuentran obligados a brindar dichos datos pero si los
candidatos lo deseasen, podrían consignarlos en el rubro de “información
adicional (opcional)” del formato de la hoja de vida que deben presentar al
partido político al que se desean afiliar.
En tal sentido, se entiende que dicha
información podría calificarse de carácter reservado para el público, así es
que, los electores nos encontraríamos en un ambiente de incertidumbre con
respecto a las conductas investigadas por el Ministerio Público y Poder
Judicial de todos los candidatos, pues debemos suponer que lo facultativamente declarado por ellos se
ciñe a la verdad.
Por este motivo,
se limita al votante diligente que desea saber más sobre aquel postulante que
lo representará en el Congreso; esto quiere decir que, si un ciudadano de a pie
desea obtener información adicional de los candidatos a una curul congresal como
información sobre órdenes de captura, deudas alimentarias ante el
Registro Nacional de Deudores Alimentarios, entre otros, no podrá tener acceso
ya que esta información está estrictamente reservada para los propios partidos políticos
por medio de la Ventanilla Única de Antecedentes.
LA VENTANILLA ÚNICA DE ANTECEDENTES (VUA)
El 16 de abril de 2015 se aprobó
la Ley Núm.
30322 - Ley que crea la Ventanilla Única de Antecedentes
para Uso Electoral, cuyo reglamento fue promulgado mediante Decreto Supremo Núm. 069-2015 el 7 de
octubre del año pasado. Es precisamente esta herramienta la que permite a las
organizaciones políticas inscritas en el JNE obtener información mucho más
minuciosa sobre sus posibles candidatos, tales como:[1]
·
Antecedentes de sentencias
condenatorias con calidad de cosa juzgada (sentencia judicial firme) por delito
doloso en el Perú.
·
Certificados sobre órdenes
de captura nacional e internacional vigentes o no vigentes e información sobre
notificaciones de la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol).
·
Antecedentes de sentencias condenatorias con
calidad de cosa juzgada (sentencia firme) por
delito doloso existentes en el exterior.
·
Información por deudas
originadas en tributos, contribuciones, tasas, arbitrios o multas de
naturaleza municipal; deudas a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), y
al Registro de Deudores Alimentarios
Morosos del Poder Judicial (REDAM).
·
Información sobre bienes.
·
Información sobre deudas
contraídas con el Estado por concepto de reparación civil fijadas por sentencia
judicial.
¿Cómo
funciona la VUA?
El JNE pone a disposición de los
partidos políticos un código de acceso y una contraseña que serán entregadas
solo al personero legal de la organización con la cual podrán tener acceso a la
plataforma virtual.
Posteriormente se elegirá el modo de elección por la que postula el
posible candidato, se ingresará el número de DNI y se hará la consulta. Luego se
recibirá un número de solicitud con el cual se podrá hacer seguimiento del
trámite.
El JNE enviará el requerimiento a
la entidad competente en un plazo no mayor de siete días hábiles y responderá
al personero legal, a través de la plataforma virtual, en un plazo máximo de 10
días hábiles.
Es así
que mediante esta útil herramienta se atenúa de alguna manera la restricción
que tiene el ciudadano de acceder de manera directa a información importante
sobre los candidatos en época electoral, pues a todas las organizaciones
políticas se les facilita el acceso; sin embargo como ya se ha mencionado, esta
información será de exclusivo conocimiento a las organizaciones políticas con
el fin de que puedan depurar candidatos en base al registro de sus antecedentes.
En mérito
a ello, Reflexión Democrática quiso
comprobar cuál es el límite de información al público que brinda el JNE sobre
candidatos congresales y por ello, en primer lugar, se hizo la comunicación vía
telefónica a esta institución con el objetivo de obtener mayor información a la
consignada en su página web; sin embargo, luego de pasar por diversos
operadores terminamos conversando con un representante del área legal quien nos
señaló que no se podía acceder a información adicional porque eso le
correspondía exclusivamente a los partidos políticos y que los candidatos solo
están obligados a consignar los datos que el formato de hoja de vida proporcionado
por el JNE solicita.
También
precisaron que la información se encuentra protegida por la Ley Núm. 29733 – Ley de
Protección de Datos Personales- y que, en todo caso, podría presentarse un
escrito especificando el tipo de información requerida.
En
segundo lugar, acudimos directamente a la sede central del JNE en el Centro de
Lima para preguntar sobre algunos datos de conducta de candidatos en
particular, ante ello la respuesta que obtuvimos coincidió con la que nos
dieron en la llamada: que toda la información que “el público debe conocer” se
encuentra colgada en el aplicación Voto Informado de la página web del JNE.
Adicionalmente,
ante nuestra insistencia, nos derivaron ante una representante de la Ventanilla
Única de Antecedentes la cual nos atendió muy amablemente y nos explicó que la
información escudriñada la realizaban los personeros de los partidos políticos
y que luego los candidatos que quedaban serían examinados por los Jurados
Electorales Especiales, y una vez hecho este “escaneo” saldría la publicación
oficial de las inscripciones de los postulantes que se encontraban aptos; es
decir, “que lo consignado en la web del JNE es lo que deberíamos saber por el
momento y que internamente se irá depurando a aquellos candidatos que incumplan
con los requisitos establecidos en la ley”.
Además,
precisaron, que dicha información se encuentra respaldada por la resolución Núm. 315-2005-JNE,
específicamente en el artículo 14, que detalla los requisitos que los
candidatos deben de presentar y por tanto los datos que los electores pueden
conocer. Por tal motivo preguntamos si todas las organizaciones y partidos
políticos se encuentran obligados a hacer uso de la VUA, ya que resultaría una
herramienta idónea para hacer que no se inscribiesen aquellos candidatos que se
encuentren vulnerando la ley y el orden social, a lo que nos respondieron que
no, que su uso es meramente voluntario y facultativo.
Es así
que optamos por hacer uso de nuestro derecho a solicitar aquella información,
que es de carácter público y que no esté restringida, como el del acceso a
conocer la cantidad de partidos y organizaciones políticas que han hecho uso de
esta Ventanilla a puertas de celebrarse las elecciones a nivel nacional, para
lo cual hicimos la petición por medio de un escrito simple presentado en el
módulo de atención al ciudadano y en el término de siete días hábiles tal como
lo estipula la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública - Ley
Núm. 27806 recibimos el Reporte General del uso de la Ventanilla Única de
antecedentes electorales, la cual compartimos a continuación:
Nº
|
ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
|
SÍMBOLO
|
TOTAL DE
CONSULTAS
|
CONSULTA
PRESIDENCIAL
|
CONSULTA
CONGRESAL
|
CONSULTA
PARLMENTO
ANDINO
|
TOTAL
SOLICITUDES
|
TOTAL SOLICITUDES INDIVIDUALES
(**)
|
TOTAL SOLICITUDES MASIVAS
(***)
|
1
|
PERUANOS
POR EL CAMBIO
|
|
440
|
2
|
426
|
12
|
191
|
164
|
27
|
2
|
FUERZA
POPULAR
|
|
398
|
1
|
394
|
3
|
348
|
341
|
7
|
3
|
PROGRESANDO
PERÚ
|
|
317
|
1
|
289
|
27
|
317
|
317
|
0
|
4
|
PARTIDO NACIONALISTA
PERUANO
|
|
274
|
5
|
253
|
16
|
274
|
274
|
0
|
5
|
ALIANZA ELECTORAL SOLIDARIDAD NACIONAL UPP
|
|
259
|
0
|
239
|
20
|
259
|
259
|
0
|
6
|
FRENTE POPULAR AGRÍCOLA FIA
DEL PERÚ
FREPAP
|
|
229
|
0
|
229
|
0
|
229
|
229
|
0
|
7
|
ACCIÓN
POPULAR
|
|
226
|
13
|
200
|
13
|
64
|
56
|
8
|
8
|
ALIANZA POPULAR
|
|
219
|
0
|
205
|
14
|
22
|
16
|
6
|
9
|
EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD
|
|
208
|
0
|
198
|
10
|
175
|
174
|
1
|
10
|
FRENTE
ESPERANZA
|
|
190
|
3
|
187
|
0
|
23
|
19
|
4
|
11
|
PERÚ PATRIA SEGURA
|
|
179
|
0
|
166
|
13
|
8
|
3
|
5
|
12
|
ALIANZA PARA EL PROGRESO DEL PERÚ
|
|
170
|
0
|
164
|
6
|
170
|
170
|
0
|
13
|
TODOS POR EL PERÚ
|
|
149
|
0
|
149
|
0
|
2
|
59
|
3
|
14
|
PERÚ LIBERTARIO
|
|
127
|
1
|
125
|
1
|
93
|
92
|
1
|
15
|
PERÚ POSIBLE
|
|
94
|
3
|
90
|
1
|
94
|
94
|
0
|
16
|
SIEMPRE UNIDOS
|
|
58
|
3
|
54
|
1
|
16
|
15
|
1
|
17
|
PERÚ NACIÓN
|
|
41
|
0
|
40
|
1
|
41
|
41
|
0
|
18
|
PARTIDO POLÍTICO ORDEN
|
|
41
|
0
|
40
|
1
|
41
|
41
|
0
|
19
|
VAMOS PERÚ
|
|
38
|
0
|
38
|
0
|
19
|
18
|
1
|
20
|
PARTIDO HUMANISTA PERUANO
|
|
27
|
10
|
17
|
0
|
27
|
27
|
0
|
21
|
PARTIDO DEMOCRÁTICO SOMOS PERÚ
|
|
15
|
0
|
15
|
0
|
15
|
15
|
0
|
22
|
ALIANZA PARA EL PROGRESO(*)
|
|
9
|
1
|
8
|
0
|
9
|
9
|
0
|
23
|
PARTIDO APRISTA PERUANO(*)
|
|
2
|
0
|
2
|
0
|
2
|
2
|
0
|
24
|
DEMOCRACIA DIRECTA
|
|
1
|
0
|
1
|
0
|
1
|
1
|
0
|
25
|
RESTAURACIÓN NACIONAL
|
|
1
|
1
|
0
|
0
|
1
|
1
|
0
|
TOTAL
|
3712
|
44
|
3529
|
139
|
2501
|
2437
|
64
|
(*) Partidos políticos que
hicieron uso de la Ventanilla Única de Antecedentes antes de de conformar
alianzas electorales.
(**)Solicitudes cuya
búsqueda se llevó a cabo candidato por candidato.
(***)Solicitudes llevadas a
cabo de forma grupal, en una sola consulta se hizo la búsqueda de varios
candidatos.
La reflexión
A
sabiendas que los comicios electorales se encuentran a menos de un mes de
celebrarse, debería ser necesario y casi vital que la población electoral
decida averiguar no solo sobre la vida política sino hasta la personal de aquellos
que postulan al sillón presidencial, a una curul en el Congreso y a un lugar en
el Parlamento Andino, porque de alcanzar las votaciones necesarias se convertirán
en sus representantes durante cinco años. Pero como se ha señalado, no todos
los datos son accesibles al público y en mérito a ello el Jurado Nacional de
Elecciones implementó la Ventanilla Única de Antecedentes Electorales con el
afán de que la información sustancial de los candidatos fuera analizada por las
organizaciones políticas antes de integrarlos a sus filas.
Sin
embargo, como el uso de esta herramienta es opcional podemos darnos cuenta que
es muy larga la fila de postulantes y muy corta la investigación que las
organizaciones y partidos políticos han hecho, pues solo Peruanos Por el
Cambio, Acción Popular, el partido Nacionalista y el Partido Humanista muestran
una mayor cantidad de registros sobre sus candidatos en los tres rubros, mientras
que Restauración Nacional, Democracia Directa, el Partido Aprista Peruano, entre otros, reflejan un mínimo de consultas
realizadas.
Por ello
resulta preocupante la situación que se está viviendo durante estos comicios
electorales pues solo le cabe al electorado esperar que los Jurados Electorales
Especiales se pronuncien formalmente sobre la investigación de la información
proporcionada por los candidatos en sus hojas de vida y mientras eso sucede, no
se tendrá ninguna certeza sobre la idoneidad
política, social e incluso moral de nuestros aspirantes al poder.
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