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10 noviembre, 2015

Alimentos, entre la donación y la destrucción



Alguna vez se ha preguntado qué sucede con los alimentos de las cadenas comerciales que están próximos a alcanzar su fecha de expiración y que por tanto su venta será casi imposible. Tras ser considerados como mermas o pérdidas, lamentablemente las empresas proceden a su destrucción, lo cual les resulta más conveniente que por ejemplo donarlo a alguna institución benéfica. 


 Según el informe Pérdidas y Desperdicio de Alimentos en el Mundo[1], realizado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura para el  Congreso Internacional Save Food!, realizado el año 2011 en Alemania, alrededor de un tercio de la producción de los alimentos destinado al consumo humano se pierde o desperdicia en todo el mundo, lo que equivale a aproximadamente 1,300 millones de toneladas al año.



Fuente: Pérdidas y Desperdicio de Alimentos en el Mundo[2]


Como se puede apreciar en el cuadro anterior, la p
érdida de alimentos ocurre en todos los niveles de la cadena productiva, desde la producción agrícola inicial hasta el consumo final en los hogares. El informe señala que en América Latina, entre ellos el Perú, la pérdida de alimentos se presenta sobre todo en la etapa productiva, por parte de las empresas elaboradoras, importadoras, distribuidoras y comercializadoras de alimentos, tomando en cuenta que estas empresas destruyen como mermas millones de soles en alimentos anualmente.


Esta es una muestra del contrasentido, puesto que en el país existen más de dos millones de peruanos que sufren de subalimentación, siete millones que se encuentran por debajo de la línea de pobreza y más de 500,000 niños que padecen de desnutrición crónica.


El tan elevado volumen se explica porque para efectos tributarios en el Perú resulta menos complicado y costoso destruir estos alimentos, que han perdido su valor comercial pero que aun son aptos para el consumo humano, que donarlos a aquellas personas que los necesitan pero no pueden costear su obtención. Se calcula que en el Perú el valor de los alimentos que las cadenas comerciales destruyen como mermas o desperdicios asciende a S/. 300 millones anuales[3]


En tal sentido, la bancada Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Pedro Spadaro, presentó al Congreso de la República el proyecto de ley 4889, que propone crear un mecanismo para regular la donación de alimentos en buen estado que hubieran perdido su valor comercial pero que aún están aptos para el consumo humano.


¿Qué propone el proyecto?


La iniciativa propone elaborar un marco normativo que regule la donación de alimentos en buen estado pero que hayan perdido su valor comercial (próximos a su fecha de vencimiento, que tenga algún problema en su presentación o envase, etc.), por parte de las empresas elaboradoras, importadoras, distribuidoras y comercializadoras de alimentos a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y de organizaciones sociales de base, tales como el vaso de leche o los comedores populares, con la finalidad de contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población económicamente más vulnerable.


Para hacer esto más atractivo a las empresas y desincentivar la destrucción de estos productos, en el artículos 8 del proyecto se establece que a la donación de alimentos se le aplicaría en inciso x), del artículo 37 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta, lo cual implica darles derecho al crédito fiscal.


¿Es viable este proyecto?


Pese a las buenas intenciones con las que cuenta este proyecto, hay que tener en cuenta que los alimentos a los que se hace referencia son perecibles (es decir, tienen un margen de uno o dos días antes de que se echen a perder), por lo que resulta  prioritario agilizar el proceso y abaratar los costos de la donación de alimentos, de tal manera que exista un incentivo para que las empresas decidan acogerse a esta ley y no se continúe con la destrucción de altos volúmenes de alimentos.


Sin embargo, muchos de los requisitos que se solicitan en el proyecto lamentablemente podrían entorpecer la operatividad y logística de la donación y encarecer este proceso para las empresas donadoras, desincentivando por tanto la donación de alimentos.


Por ejemplo, en el proyecto de ley se menciona que la donación de alimentos deberá ser acreditada por un notario o en su defecto un juez de paz, demorando un proceso que debe ser veloz y encareciéndolo para los posibles donantes.


Además, figuran las nuevas responsabilidades que se le pretende dar a las municipalidades provinciales y distritales, como otorgar la calificación de entidad perceptora de donaciones (que ya es otorgada por la Sunat) y la fiscalización del estado de los productos alimenticios. Si bien será necesario establecer las condiciones necesarias que impidan un mal uso de este mecanismo, hay que asignar adecuadamente los roles y responsabilidades a fin de evitar que su ejecución se vuelva compleja y onerosa que dificulte su operatividad.


Conclusión


Es nuestra opinión que este proyecto es necesario, pues hay evidencia respecto a la destrucción de una gran cantidad de alimentos anualmente por parte de las empresas, alimentos que serían mejor utilizados si fueran destinados a la población más vulnerable. Sin embargo, para lograr ello necesitamos un proceso eficiente para que estos alimentos no se echen a perder y llegan de manera rápida a su público objetivo.

Finalmente opinamos que la Comisión de Economía encargada de dictaminar el proyecto de ley deberá  revisar el texto propuesto en detalle y adecuarlo para que sea efectivamente viable y cumpla con los objetivos propuestos, así como evaluar su respectivo impacto tributario.

1 comentario:

  1. También ha servido tres veces en prisión, lo que incluye una prisión federal. Sin embargo, Chris es ahora libre de todos los cargos y es una persona transformada.https://logios.biz/biografia-de-chris-ivery-hechos-infancia-vida-familiar-de-productor-de-musica/

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