ACTUALIZACIÓN (Al
28.09.15)
El Poder Ejecutivo se pronunció en el día
límite del plazo concedido, observando la autógrafa aprobada por el Congreso de
la República en relación a la viabilidad de que Petro-Perú opere el Lote 192,
ubicado en el departamento de Loreto.
Según se informó, el Poder Ejecutivo ha planteado incorporar un artículo que precisa que
la autorización para que Petro-Perú explote el yacimiento sería aplicable
al vencimiento del contrato de servicios vigente, es decir el que existe con
Pacific Stratus Energy del Perú S.A.
Como se sabe, el gobierno de Ollanta Humala enfrenta
una presión muy grande con respecto al futuro del Lote 192. El 25 de setiembre
venció el plazo para que adopte una decisión respecto a la autógrafa de los
proyectos de ley núm. 4726-2015, 4749-2015 y 4750-2015 cuyo dictamen fue
aprobado por mayoría del Congreso el pasado viernes 4 de setiembre.
De
acuerdo al texto del dispositivo legal, se autorizaría a Perú-Petro a
suscribir el contrato de explotación de hidrocarburos del Lote 192 a la empresa
Petro-Perú, previa evaluación y mediante negociación directa. Asimismo, una vez
celebrado el contrato respectivo, la empresa Petro-Perú estaría facultada a convocar socios
estratégicos, conforme a ley, y a realizar las gestiones necesarias para
concretar la explotación.
Antecedentes
El denominado Lote 192 (antes conocido como Lote 1AB) ubicado en el distrito de Andoas, en el
departamento de Loreto, en la cuenca del río Marañón, tiene una extensión de
290 mil hectáreas, además de una producción de 13 mil barriles diarios y reservas
probadas por hasta 20 años. El Lote 192 es la reserva petrolera más grande del
Perú pero también es una de las más contaminantes.
1970 La empresa americana Occidental Petroleum Corporation (OXY) ganó la licitación para explotar esta zona y desde entonces se han
registrado todo tipo de prácticas contaminantes en las cuencas aledañas, las
mismas que nunca fueron remediadas por la empresa.
2005
La multinacional argentina Pluspetrol ganó la
concesión y el contrato de licencia para la exploración y
explotación de hidrocarburos en el lote 108. Sin embargo en el año 2012 esta
empresa recibió una
multa por 11.3 millones de dólares y otra en noviembre
del 2013 por 20 millones de soles.
Con un historial de años de problemas
ambientales y conflictos con los pobladores de varias etnias de la zona, el
contrato de concesión de Pluspetrol venció el pasado 29 de agosto.
Es así, que al encontrarse cerca el
vencimiento del contrato hecho a Pluspetrol, el Estado peruano se vio en la
necesidad de convocar a una licitación pública para la concesión del Lote 192,
cuyos activos son valorizados en 345 millones de dólares (como este lote le pertenece a Petro-Perú, la empresa estatal no se
vería obligada a realizar este desembolso).
Aunque las empresas Perenco del Perú Petroleum Limited, sucursal del Perú, Pluspetrol Norte S.A y Pacific Stratus Energy del Perú S.A., se encontraban calificadas y habilitadas, ninguna presentó una
propuesta por lo que el concurso se declaró desierto el 4 de agosto del 2015.
Frente a esta situación, Perú-Petro
convocó una negociación directa con los mismos participantes y la empresa
colombiana Omega, basándose en el artículo 11° de la Ley Orgánica de
Hidrocarburos. Pero ni Pluspetrol ni Perenco estuvieron interesadas en
participar, mientras que Omega no cumplía con las exigencias
requeridas.
Por tal motivo, solo quedaba que
Pacific Stratus Energy comience las negociaciones para obtener la concesión del
Lote 192, pero primero, Perú-Petro debía consultar con Petro-Perú por
una posible participación en sociedad con la empresa PSE en
cuestión.
Tras realizar una evaluación legal,
técnica y financiera, Petroperú comunica su decisión de abstenerse
del proceso de licitación teniendo como principal argumento,
que explotar el Lote 192 sería "asumir un riesgo muy alto que terminaría
generando pérdidas” por lo que no sería un negocio rentable.
¿La prohibición de la ley “candado”?
La existencia de la Ley N° 30130, “Ley que
declara de necesidad pública e interés nacional la prioritaria ejecución de la
modernización de la Refinería de Talara para asegurar la preservación de la
calidad del aire y la salud pública y adopta medidas para fortalecer el
gobierno corporativo de Petróleos del Perú – Petro-Perú”, de diciembre de 2013,
ahora calificada como ley “candado”, pues constituye la
restricción mayor para la adjudicación y explotación del área 192. En su
artículo 6° se precisa “no permitir que Petro-Perú contraiga pasivos firmes y pasivos contingentes
mientras no repague el Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara”,
priorizando el uso de recursos con una inversión de más de 3,500
millones de dólares.
La ratificación
El 29 de agosto el presidente Ollanta Humala promulgó mediante
Decreto Supremo N° 027-2015-EM la ratificación sobre la adjudicación y
posterior explotación del Lote 192
a la empresa canadiense Pacific Stratus
Energy.
Ante
esta situación y con el recuerdo vivo de los problemas de contaminación por las
extranjeras Pluspetrol y OXY, varias organizaciones de Loreto demandaron que
sea Petro-Perú la encargada de explotar este lote. A las organizaciones
indígenas, el Frente
Patriótico de Loreto y
varios sectores políticos, se les ha unido el gobernador regional de Loreto, Fernando Meléndez.
Las bancadas Dignidad y Democracia y Acción Popular-Frente Amplio calificaron este
acto como una "traición al pueblo loretano". Por su parte, aunque la
bancada de Gana Perú también condenó esta acción, se mostró a favor de la decisión del
gobierno de Humala de continuar con la licitación a favor de PSE a fin de
evitar el cierre de los pozos petroleros y el consiguiente perjuicio para la
Nación. Sin embargo en Loreto las personas se movilizan y realizan marchas en
contra de esta decisión.
¿Inconstitucional o promotor?
Al ser aprobado el dictamen por el
Congreso, como era de esperar, tuvo serias críticas por parte de las distintas agrupaciones y de
otras instituciones del Estado, en los cuales se encontraban opiniones
promotoras y detractoras:
Rosa María Ortiz, titular del
Ministerio de Energía y Minas señaló:
“Ya existe un
contrato de concesión con la empresa canadiense Pacific Stratus Energy para la
explotación del mencionado lote (…) la aprobación de la ley traería
“graves consecuencias” y sería un “pésimo mensaje” para los
inversionistas en el Perú, pues pondría en tela de juicio la estabilidad
jurídica y la seriedad del país para respetar los contratos suscritos”.
Además, indicó que el dictamen
planteado por el Parlamento no toma en cuenta la real situación de la empresa
PetroPerú, la cual no estaría en capacidad de explotar hidrocarburos.
Por otro lado, la congresista Rosa Mávila de la bancada
Acción Popular Frente Amplio, afirmó que:
“A lo largo de los casi 100 años
de concesiones de dicho lote petrolero a privados, la población de Loreto no ha
visto incrementada su calidad de vida (…)
“(…) la incursión
de Petroperú no solo reforzaría nuestra soberanía energética sino que podría
ayudar a construir esta "sinergia entre la explotación de petróleo y la
mejora de la vida de los peruanos".
Cabe indicar que durante el
debate, la mayoría de bancadas del Parlamento desecharon la advertencia de
inconstitucionalidad y ratificaron su respaldo para que Petro-Perú explote el
recurso natural.
Incluso no tuvo acogida la
propuesta de la bancada de Gana Perú para que Petro-Perú participe en la
explotación de los hidrocarburos recién cuando concluya el contrato con Pacific
Stratus Energy dentro de dos años.
La reflexión
Debido a que se trata de un tema bastante
sensible para la población de la amazonía y ante el impacto que pueda tener
sobre un acuerdo suscrito entre el gobierno y la empresa privada, el Poder Ejecutivo
esperó hasta último momento para emitir un pronunciamiento. Ahora solo cabe
esperar el allanamiento o modificatorias a las observaciones hechas por parte
de la Comisión de Energía y saber la decisión del Pleno, la cual evaluará si
reconsidera o insiste en su decisión. Lo realmente cierto es que si el
Ejecutivo o el Congreso deciden promulgar la autógrafa, habrá que esperar las
implicancias jurídicas que la decisión tendrá sobre los acuerdos previamente
alcanzados en materia contractual.
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