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28 septiembre, 2015

Implicancias de un probable ordenamiento territorial



A mediados del 2013 la congresista Verónika Mendoza, a iniciativa de la bancada de Acción Popular – Frente Amplio, presentó al Congreso el proyecto de ley 2522, que propone la creación de una ley de ordenamiento territorial. La propuesta constituye un marco normativo para dicha ley (muy completo debemos añadir) con el objeto, se señala en el texto, de establecer un régimen jurídico e institucional que armonice y ordene las políticas e instrumentos que inciden en la gestión del territorio.

¿Qué es el ordenamiento territorial?

Según el Ministerio del Ambiente, el ordenamiento territorial es un proceso técnico, administrativo y político de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, considerando las condiciones sociales, ambientales y económicas para la ocupación del territorio, el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar un desarrollo equilibrado y en condiciones de sostenibilidad, gestionando y minimizando los impactos negativos que podrían ocasionar las diversas actividades y procesos de desarrollo que se desarrollan en el territorio; garantizando el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado a su desarrollo de vida[1].

¿Por qué se impulsa el ordenamiento territorial el Perú?

Hay que destacar que es indispensable que en nuestro país toda intervención o proyecto que se desarrolle dentro de nuestro territorio se realice en condiciones de desarrollo sostenible y garantizando el bienestar común de todos sus habitantes. Así, garantizando:

·         Que el Estado, en concordancia con el artículo 2 de la Constitución Política del Perú, provea un ambiente sano y sostenible para la calidad de vida de sus habitantes.

·         La incorporación transversal del componente ambiental en distintos procesos de desarrollo para la ocupación del territorio y el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

Sin embargo, también existen sectores que consideran que el ordenamiento territorial será favorable como marco orientativo y referencial, pero no necesariamente ser vinculante, puesto que adicionalmente habrá que considerar las evaluaciones de factibilidad o de impacto ambiental cuando se plantee desarrollar alguna iniciativa económica o productiva. Obviamente, este será un tema de fuerte discusión.

¿Qué políticas de ordenamiento territorial se usan en el Perú?

Pese a todo lo mencionado anteriormente y el hecho que desde los años 80 se vienen “implementando” políticas de ordenamiento territorial[2], el Perú solo cuenta con lineamientos básicos y un conjunto de normas que mencionan superficialmente el ordenamiento territorial o algunos aspectos básicos de este sin detallarlos. Entre estas tenemos principalmente normas referidas a la descentralización, a la competencia y organización de los gobiernos regionales y locales, el acondicionamiento territorial y el planeamiento urbano y rural a la organización y demarcación territorial.

Sin embargo, nuestra legislación cuenta con el reglamento de Zonificación Ecológica Económica (ZEE) que es un instrumento técnico de caracterización del territorio, principalmente de aspectos físicos y biológicos. Ahora, si bien es un instrumento importante también se requiere conocer las dinámicas del territorio y las posibilidades que tenemos como sociedad. Es por esto que el ordenamiento cuenta con otros instrumentos como los Estudios Especializados (EE), que permiten la identificación y análisis de dinámicas sociales, económicas, cambios del uso del territorio, población, entre otros aspectos.

Es la integración de estos dos instrumentos (ZEE y EE) que constituyen un Diagnostico Integrado de Territorio (DIT), lo que se usa para elaborar el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

Pero la ZEE solo propone alternativas para gestionar el impacto que puedan generar ciertas actividades, haciéndolas más rentables; y aportando a la disminución de conflictos. No establece derechos de propiedad. Tampoco restringe ni excluye las inversiones.

Es por esto que consideramos que la aprobación de una ley de ordenamiento territorial traería un mayor beneficio para nuestra legislación nacional, pues se requiere un texto que no solo regule y define los aspectos esenciales, sino que también detalle de mejor manera la estructura de desarrollo de la ZEE, EE, DIT y del POT.

¿Qué implicancias contiene el proyecto 2522?

En primer lugar, la iniciativa propone la creación de una regulación específica y bastante detallada sobre el tema de ordenamiento territorial, que en un país tan diverso como el nuestro resulta indispensable, de una manera ordenada y fácil de revisar junto a la elaboración de un respectivo reglamento.

En segundo lugar, la propuesta pretende acelerar el proceso de descentralización en nuestro país, que pese a su impulso dado durante los gobiernos de los presidentes Valentín Paniagua y Alejandro Toledo, el proceso parece haberse estancado en los últimos gobiernos.

En tercer lugar, tener una legislación adecuada sobre el ordenamiento territorial permitiría mejorar las relaciones entre el gobierno central y los pueblos originarios de nuestro país, las comunidades campesinas y las tribus indígenas en la sierra y la selva, e iniciar contacto con pueblos aislados en nuestra amazonia.

Finalmente, en cuarto lugar, esto permitiría establecer un régimen para maximizar el aprovechamiento de los recursos naturales y reducir la depredación de los mismos a través de la caza, la minería y la tala ilegal.

Conclusión

Es a nuestro parecer, será necesario someter a un cuidadoso estudio y debate el tema del ordenamiento territorial, con la debida seriedad del caso y sin el apasionamiento político, pues las implicancias que tendrá en el ámbito ambiental y social, pero también en el económico, serán fundamentales.


[1] Ministerio del Ambiente. http://bit.ly/1hXtxrc
[2] Proyecto de Ley 2522

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