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19 febrero, 2015

Una buena iniciativa para incentivar la inversión en investigación y desarrollo

Al revisar el reporte de competitividad 2014-2015 publicado por el World Economic Forum se puede observar que uno de los pilares en los que al Perú le va peor es el de innovación. Como se puede apreciar en el cuadro adjunto, a nuestro país le va muy mal en todos los rubros que conforman el referido pilar, no obstante en el que corresponde al gasto de las empresas en investigación y desarrollo (I&D, en adelante) es en el que, sorpresivamente, tiene  el más pobre desempeño.

Ello ocurre porque existen escasos incentivos para que las empresas inviertan en I&D. En efecto, según estudios sobre la materia, la débil protección a la propiedad intelectual y el hecho que una experiencia exitosa de una empresa en este campo (nuevos productos, servicios, procedimientos, etc.) pueda ser copiada y/o superada fácil y rápidamente por compañías competidoras, hacen poco atractiva la inversión en este campo. Pero, con esta situación, no solo la empresa queda al margen de la innovación, sino que la sociedad también se priva de gozar de los beneficios de la misma.

Ahora bien, en julio de 2013 se promulgó la Ley 30056 que, entre diversos aspectos, pretendió incentivar la inversión empresarial en I&D permitiendo se deduzca el 100% de lo gastado en este campo a efectos de determinar el Impuesto a la Renta.  La lógica de establecer incentivos tributarios se basó en que estos pueden tener un impacto favorable en el crecimiento de las inversiones en I&D, de ahí que, según estadísticas de la OCDE, numerosos países los utilicen[1].

No obstante, todo indica que el incentivo otorgado no fue suficiente ya que desde que se dio la referida ley, solo una empresa utilizó la deducción. Estos lamentables resultados han llevado a que el Ejecutivo presente, a finales de 2014, el proyecto de ley 4082.

Este plantea ampliar la deducción existente a 175% de lo invertido, es decir, las empresas que destinen recursos para I&D no solo podrán deducir el total de los mismos, sino un 75% más. Este incentivo es, no cabe duda, bastante atractivo y con él se espera que el Perú revierta en algo nuestra dramática situación de inversión en I&D: 0,12% del Producto Bruto Interno (solo la quinta parte del mismo proviene del sector privado), o sea un sexto de lo que gasta el país promedio en América Latina.

Si bien la propuesta puede significar una menor recaudación en el corto plazo, en el mediano y largo podría recaudarse más ya que las empresas podrían obtener mayores ganancias producto de los beneficios que le pueden proporcionar la innovación.

Finalmente, tenemos que decir que un aspecto que podría ser mejorado en la propuesta legislativa es la exigencia de que el Concytec o una entidad autorizada por este evalúe previamente el proyecto de inversión en I&D en el que se embarque una empresa, ya que esta podría convertirse en una traba burocrática. Así, no solo bastaría el establecimiento de un plazo corto de 30 días de evaluación, ya previsto en el proyecto de ley, sino la vigencia del silencio administrativo positivo entre otras medidas para que Concytec no se convierta en un obstáculo sino en un facilitador para las empresas.



[1] HIDALGO, Guillermo. Tributación y gastos en investigación científica. Julio 2014. Disponible en: http://www.ey.com/PE/es/Newsroom/Newsroom-AM-tributacion-gastos-investigacion-cientifica

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