Al
revisar el reporte de competitividad 2014-2015 publicado por el World Economic Forum se puede observar
que uno de los pilares en los que al Perú le va peor es el de innovación. Como
se puede apreciar en el cuadro adjunto, a nuestro país le va muy mal en todos
los rubros que conforman el referido pilar, no obstante en el que corresponde
al gasto de las empresas en investigación y desarrollo (I&D, en adelante) es
en el que, sorpresivamente, tiene el más
pobre desempeño.
Ello ocurre porque existen escasos
incentivos para que las empresas inviertan en I&D. En efecto, según
estudios sobre la materia, la débil protección a la propiedad intelectual y el
hecho que una experiencia exitosa de una empresa en este campo (nuevos productos,
servicios, procedimientos, etc.) pueda ser copiada y/o superada fácil y rápidamente
por compañías competidoras, hacen poco atractiva la inversión en este campo. Pero,
con esta situación, no solo la empresa queda al margen de la innovación, sino
que la sociedad también se priva de gozar de los beneficios de la misma.
Ahora bien, en julio de 2013
se promulgó la Ley 30056 que, entre diversos aspectos, pretendió incentivar la
inversión empresarial en I&D permitiendo se deduzca el 100% de lo gastado
en este campo a efectos de determinar el Impuesto a la Renta. La lógica de establecer incentivos tributarios
se basó en que estos pueden tener un impacto favorable en el crecimiento de las
inversiones en I&D, de ahí que, según estadísticas de la OCDE, numerosos
países los utilicen[1].
No obstante, todo indica que
el incentivo otorgado no fue suficiente ya que desde que se dio la referida ley,
solo una empresa utilizó la deducción. Estos lamentables resultados han llevado
a que el Ejecutivo presente, a finales de 2014, el proyecto de ley 4082.
Este plantea ampliar la
deducción existente a 175% de lo invertido, es decir, las empresas que destinen
recursos para I&D no solo podrán deducir el total de los mismos, sino un
75% más. Este incentivo es, no cabe duda, bastante atractivo y con él se espera
que el Perú revierta en algo nuestra dramática situación de inversión en I&D:
0,12% del Producto Bruto Interno (solo la quinta parte del mismo proviene del
sector privado), o sea un sexto de lo que gasta el país promedio en América
Latina.
Si bien la propuesta puede
significar una menor recaudación en el corto plazo, en el mediano y largo
podría recaudarse más ya que las empresas podrían obtener mayores ganancias producto
de los beneficios que le pueden proporcionar la innovación.
Finalmente, tenemos que
decir que un aspecto que podría ser mejorado en la propuesta legislativa es la
exigencia de que el Concytec o una entidad autorizada por este evalúe previamente
el proyecto de inversión en I&D en el que se embarque una empresa, ya que
esta podría convertirse en una traba burocrática. Así, no solo bastaría el
establecimiento de un plazo corto de 30 días de evaluación, ya previsto en el
proyecto de ley, sino la vigencia del silencio administrativo positivo entre
otras medidas para que Concytec no se convierta en un obstáculo sino en un
facilitador para las empresas.
[1] HIDALGO, Guillermo. Tributación y gastos en
investigación científica. Julio 2014. Disponible en: http://www.ey.com/PE/es/Newsroom/Newsroom-AM-tributacion-gastos-investigacion-cientifica
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