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09 enero, 2014

Proponen incentivo para empresas que financien a deportistas calificados

1.    Resumen de la propuesta
El proyecto de ley 3095, presentado por el grupo parlamentario Fuerza Popular, a iniciativa del congresista Kenji Fujimori, plantea que las empresas que financien a algún deportista calificado se beneficien con un 10% adicional en su puntaje final cuando participen en concursos o licitaciones para ser proveedores del Estado en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado[1].
2.    Algunos comentarios sobre la propuesta
Resulta plausible que se intente incentivar que las empresas privadas financien a la actividad deportiva, en general, y a los deportistas calificados, en particular; sin embargo, tenemos dudas sobre la idoneidad del mecanismo propuesto por el proyecto de ley: otorgar un mayor puntaje en los procesos de selección de las empresas proveedoras del Estado a cambio del referido financiamiento.
Las compras del Estado
El sistema de provisión de bienes y servicios por parte del Estado se puede resumir así:
  • Las diferentes entidades del Estado requieren proveerse de bienes y servicios para cumplir con sus diversas funciones y finalidades.
  • Una buena cantidad de empresas tienen interés en proveer al Estado con bienes y servicios porque este les pagará por los mismos, este es un cliente potencial de aquellas.
  • El Estado, a efectos de proveerse de los bienes y servicios que necesita en las mejores de condiciones de calidad, precio, etc., hace participar a las referidas empresas en un proceso de selección (concurso, licitación, etc.) donde están compiten con sus ofertas[2].
  • El Estado asigna puntaje a las empresas que compiten de acuerdo a diferentes criterios que, en teoría, buscan asegurar que la que resulte ganadora sea la que presente la propuesta con las mejores condiciones en calidad, precio, etc.
Lo descrito se puede sintetizar en el principio de eficiencia contenido en el artículo 4 de la Ley de Contrataciones del Estado:
“Las contrataciones que realicen las Entidades deberán efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia”.
Efectos del proyecto de ley
El proyecto de ley rompe con el referido principio de eficiencia ya que obliga al Estado a otorgar un puntaje adicional en los procesos de selección a las empresas que financien a deportistas calificados, lo cual puede generar que ganen estos procesos pese a no presentar las mejores propuestas de provisión de bienes o servicios en lo que concierne a calidad, precio y otras características de estos.
Así, el Estado puede terminar perdiendo millones de soles, los mismos que terminarían en las arcas de las empresas que ganen los concursos o licitaciones gracias al 10% adicional en el puntaje que propone el proyecto de ley. Dinero que aquel podría ahorrarse si los procesos de selección los ganaran las empresas que presenten la mejor propuesta sin considerar dicho adicional.
Ahora bien, las empresas, gracias al referido 10% adicional en el puntaje en los concursos o licitaciones públicas, tendrían ganancias excedentes y estas podrían ser mayores que el financiamiento que le den a los deportistas calificados. En consecuencia, el Estado sería el que termine financiando indirectamente a los deportistas y, peor aún, los beneficios económicos que obtendrían las empresas podrían ser mayores que la inversión que realicen en aquellos.




[1] Ley aprobada a través del Decreto Legislativo 1017, modificada por la Ley 29873.
[2] La Ley de Contrataciones del Estado señala, en su artículo 2, que su objeto es “(…) establecer las normas orientadas a maximizar el valor del dinero del contribuyente en las contrataciones que realicen las Entidades del Sector Público, de manera que éstas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad (…)”

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