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20 marzo, 2013

Proponen modificar forma y plazo para elegir tipo de comisión en las AFP




Se han presentado al Congreso de la República los proyectos de ley 1822 y 2022 que inciden sobre la elección del tipo de comisión de los afiliados a las AFP. La primera iniciativa persigue modificar la forma en la que los afiliados a las AFP eligen el tipo de comisión que estas cobran por la administración de los fondos de pensiones. Por su parte, el segundo proyecto de ley busca ampliar el plazo para que los afiliados a las AFP elijan el tipo de comisión aplicable a sus fondos.

El proyecto de ley 1822

El proyecto de ley 1822 propone modificar el inciso d) del artículo 24 del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (aprobado por Decreto Supremo 054-97-EF), inciso que fue insertado por la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (Ley 29903).

Actualmente, dicho inciso establece que a los afiliados existentes de las AFP les resultará de aplicación una comisión mixta (comisión por saldo)[1] respecto de sus nuevos aportes, salvo que manifiesten expresamente su decisión de permanecer bajo una comisión por flujo (la que se ha venido aplicando hasta ahora) en los plazos y medios que establezca la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Entonces, bajo este marco legal los afiliados que deseen permanecer en su actual modalidad de comisiones por flujo deben realizar un trámite ante su AFP para no pasar a la otra modalidad.

Ante ello, el proyecto de ley busca que la regla sea inversa. Así, propone que para permanecer en la modalidad de comisiones por flujo no sea necesario trámite alguno y que, en cambio, los afiliados que deseen cambiar a la modalidad por saldo sean los que realicen el referido trámite.

El planteamiento del proyecto de ley es perfectamente razonable ya que resulta lógico que la persona que desee permanecer en su actual modalidad de comisiones no sea obligada a realizar algún trámite y que el que sí desea variarlo sea el obligado a realizar las gestiones para tal fin.

El proyecto de ley 2022

El proyecto de ley 2022 plantea que no se pueda dar un plazo menor a doce (12) meses para que los actuales afiliados a las AFP manifiesten su voluntad de permanecer en la modalidad de comisiones por flujo.

En este punto se debe precisar que la SBS, a través de la Resolución SBS 8514-2012 y de la Resolución SBS 9353-2012, estableció un plazo para manifestar dicha voluntad: entre el 2 de enero y el 31 de marzo de 2013 y, complementariamente dispuso que los afiliados que hayan optado por permanecer en la comisión por flujo tendrán un plazo adicional de seis (6) meses para revocar dicha decisión y, así, pasarse a la comisión por saldo.

Entonces, el proyecto de ley 2022 busca ampliar el plazo para que los afiliados a las AFP puedan optar por el tipo de comisión que, a su entender, les convenga con lo cual el límite del 31 de marzo de 2013 quedaría sin efecto.

La eventual aprobación de este proyecto evitaría las aglomeraciones que se vienen produciendo en los establecimientos de las AFP por parte de los afiliados que desean mantenerse en las comisiones por flujo.


ACTUALIZACIÓN: LA SBS ANUNCIÓ QUE EL PLAZO PARA QUE LOS AFILIADOS OPTEN POR EL TIPO DE COMISIÓN SE HA AMPLIADO HASTA EL 31 DE MAYO DE 2013.



[1] Fue creada en 2012 por la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones.

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