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24 julio, 2015

La elección de la Presidencia y de la Mesa Directiva del Congreso

Lima, 24 de julio de 2015.- En los últimos días se viene discutiendo y especulando en los medios de comunicación y en el Congreso de la República los posibles candidatos a asumir la presidencia del Parlamento para el período 2015-2016, considerando además que se trata del último año del vigente período parlamentario (2011-2016) y que ante los cambios de bancadas de varios congresistas en los últimos meses hace más difícil prever su desenlace. En los cuatro años anteriores la presidencia del Congreso ha estado en manos de algún parlamentario oficialista, pero ante el re-acomodo de las proporciones correspondientes a los grupos parlamentarios, resulta incierto saber de qué sector, oficialista o de oposición, provendrá quien dirija las riendas del Congreso hasta julio del próximo año.

En el presente artículo describiremos algunas de las funciones del Presidente del Congreso y de la Mesa Directiva (integrada por el presidente y los tres vicepresidentes del Congreso), y el proceso de elección, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Congreso.

Presidente del Congreso

¿Por qué es tan importante la presidencia del Congreso? Como veremos, además de representar al Congreso, tiene como atribuciones presidir las sesiones del Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente y de la Mesa Directiva, dirigiendo el curso de los debates y las votaciones conforme a las normas procesales constitucionales, legales y  reglamentarias.

También someter a consideración del Consejo Directivo la agenda de las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de conformación de las Comisiones y de la Comisión Permanente y cualquier plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y la productividad del Congreso. Es decir, es el responsable de priorizar los temas que se van a discutir, o las iniciativas legislativas que se van a someter a debate y votación en el Pleno.

También le corresponde cumplir el ordenamiento jurídico de la Nación y el Reglamento del Congreso, así como proteger los derechos y atribuciones de los Congresistas y los diversos Grupos Parlamentarios, facilitar los consensos y acuerdos, respetar y hacer respetar la organización y funcionamiento del Congreso.

Asimismo, entre sus principales  funciones se incluye firmar las autógrafas de las leyes para ser enviadas al Presidente de la República para su promulgación, así como ejercer la facultad de promulgar las leyes a que se refiere el primer párrafo in fine del artículo 108 de la Constitución Política.

Funciones de la Mesa Directiva

Por su parte, la Mesa Directiva (liderada por el Presidente del Congreso) tiene a su cargo la dirección administrativa del Congreso y de los debates realizados en el Pleno, en la Comisión Permanente y en el Consejo Directivo. También asume, entre otras funciones, la representación del Congreso en los actos protocolares.
La Mesa Directiva además supervisa la administración del Congreso bajo las políticas administrativas y financieras que establece, de acuerdo a los lineamientos adoptados por el Pleno y el Consejo Directivo[1], de aquel, acuerda el nombramiento de los funcionarios de más alto nivel del Congreso a propuesta del Oficial Mayor[2], dando cuenta al Consejo Directivo.

También autoriza la contratación de servicios y la realización de concursos y el nombramiento y contrato de los profesionales, técnicos y auxiliares que se requieran para el normal desarrollo de las actividades parlamentarias, y aprueba el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso antes de su presentación al Pleno del Congreso por el Presidente[3].

Elección de la Mesa Directiva[4]

La elección de la Mesa Directiva del Congreso se realiza al momento de la instalación del nuevo Congreso y, también, antes del inicio de un nuevo periodo anual se sesiones[5] (dentro del periodo congresal de 5 años). Para esto, los Congresistas o los Grupos Parlamentarios debidamente constituidos (bancadas) pueden presentar a la Oficialía Mayor del Congreso las listas de candidatos para ocupar los cargos de esta y lo pueden hacer hasta 24 horas antes de la fecha de la elección.

En el caso de que la elección de la Mesa Directiva sea para un nuevo periodo anual de sesiones, la elección se realizará el mismo día de la instalación del periodo o, en su defecto, al día siguiente.

Reglas de la elección[6]

El procedimiento de elección de los miembros de la Mesa Directiva debe ceñirse a las siguientes reglas[7]:

a) Las listas de candidatos propuestas deben ser leídas y, a continuación, se debe invitar a dos congresistas para que actúen como escrutadores y vigilen el normal desarrollo del proceso de elección. Estos deben firmar las cédulas de votación para que puedan ser distribuidas de inmediato entre todos los congresistas.

b) El Presidente de la Mesa Directiva que culmina funciones debe ser quien, en primer lugar, deposite su voto en el ánfora, seguido por los demás miembros de aquella y los escrutadores. Luego, se invita a los demás congresistas por orden alfabético.

c) Terminado el llamado a votar, el Presidente de la Mesa Directiva que culmina funciones realiza el escrutinio, voto por voto, ayudado por los congresistas escrutadores y dando lectura a cada cédula de votación

d) Concluido el escrutinio, el Presidente saliente proclama miembros electos de la Mesa Directiva a quienes hayan logrado obtener un número de votos igual o superior a la mitad más uno de los congresistas concurrentes a la sesión. Si ninguna lista obtiene dicha votación se procede a una segunda votación entre las dos listas que alcanzaron las votaciones más altas, y se proclama a los candidatos que obtengan la mayor votación en esta última.

e) Acto seguido, los candidatos elegidos prestan juramento y asumen sus funciones de inmediato. El Presidente de la Mesa Directiva electo debe prestar juramento ante el Presidente saliente y los vicepresidentes lo deben hacer ante aquel.

f) Finalmente, el resultado de la elección debe comunicarse en forma oficial al Presidente de la República, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al Presidente del Tribunal Constitucional, al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, al Fiscal de la Nación, al Defensor del Pueblo, a las Instancias Regionales y a las Municipalidades Provinciales del país.

Por otra parte, el Reglamento del Congreso señala que en caso de vacancia de cualquiera de los cargos de la Mesa Directiva, el Presidente de esta o quien lo reemplace debe convocar a elecciones dentro de los cinco días posteriores de oficializarse la vacancia. En esta hipótesis puede citarse a sesión especial si fuese necesario.

¿Quiénes postulan?

La elección de la Mesa Directiva del Congreso es siempre una actividad que genera mucho debate en la opinión pública, debido a que las listas de los candidatos nunca se definen con claridad sino hasta el último momento, dando lugar a mucha especulación.
Hasta el momento la única lista confirmada es la del congresista Luis Iberico pero se espera las candidaturas de Víctor Andrés García Belaunde o de Vicente Zeballos y se especula que estas elecciones serán bastante peleadas e incluso podrían irse a una segunda votación como sucedió el año pasado cuando Ana maría Solórzano ganó la elección tras una ajustada votación contra el candidato de la oposición Javier Bedoya de Vivanco[8].





[1] Órgano del Congreso integrado por los miembros de la Mesa Directiva y cada uno de los representantes de los grupos parlamentarios (conocidos como “portavoces”), se encarga de diversas funciones entre las que destaca la determinación de la agenda de las sesiones del Pleno del Congreso (artículo 30 del Reglamento del Congreso).
[2] La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso, está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor, quien responde ante el Presidente por la marcha y resultados de las dependencias y personal del servicio parlamentario. Le corresponde con este fin la dirección, supervisión y control, directos o por delegación, de todas las actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los congresistas. El Oficial Mayor tiene la representación legal de la administración, es jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria, entre otras funciones y responsabilidades (artículo 40 del Reglamento del Congreso)
[3] Lo señalado en el apartado se encuentra regulado en artículo 33 del Reglamento del Congreso.
[4] Lo señalado en el apartado se encuentra regulado en el artículo 12 del Reglamento del Congreso.
[5] El periodo congresal tiene una duración de cinco años y está dividido a, su vez en cinco periodos anuales de sesiones que se inician cada 27 de julio y concluyen el 26 de julio del año siguiente.
[6] Lo señalado en el apartado se encuentra regulado en el artículo 12 del Reglamento del Congreso.
[7] Si se tratase del inicio de un nuevo periodo la alusión hecha al Presidente de la Mesa Directiva y a sus integrantes salientes debe entenderse como hecha al Presidente de la Junta Preparatoria y sus demás miembros porque este es el órgano que, en dicho caso, debe encargarse de la incorporación formal de los congresistas electos y del procedimiento de elección de la Mesa Directiva del Congreso.
[8] Peru21. Ana María Solórzano fue elegida presidenta del Congreso. http://bit.ly/1HP0yOM

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