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25 junio, 2013

Algunos apuntes sobre el proyecto de ley 2309 que propone el fortalecimiento de la Empresa Nacional de Puertos (Enapu)


El proyecto de ley 2309, presentado por el Grupo Parlamentario Acción Popular - Frente Amplio, a iniciativa del congresista Manuel Dammert, contiene algunas disposiciones que constituyen un peligro para el desarrollo portuario del país.

Inversión estatal en los puertos

El artículo 3 de la fórmula legal del proyecto de ley plantea que Enapu invierta, prioritariamente, sus ingresos y utilidades en infraestructura y equipamiento para el desarrollo y modernización de los puertos a su cargo.

Este planteamiento transgrede el principio de actuación subsidiaria del Estado en la economía recogido en el artículo 60 de la Constitución. En virtud de este principio el Estado solo puede realizar actividades económicas (por ejemplo, a través de una empresa pública) cuando los privados no muestren interés por realizarla pero, además, cuando medie un alto interés público o manifiesta conveniencia nacional.

Pues bien, el interés de los actores privados en el manejo de los puertos a nivel nacional es más que evidente, por ello, a través de diversas figuras contractuales (entre ellas, la concesión) vienen administrando la infraestructura de varios puertos del país. Por ello, si se requiriera una mayor inversión en estos y otros puertos, lo idóneo y constitucionalmente adecuado es que sean los privados los que la realicen y que sea el propio Estado el que promueva esta participación.

Por otra parte, resulta ilógico que se pretenda que Enapu destine sus escasos recursos a mejorar la infraestructura y equipamiento de los puertos a su cargo si ni siquiera pudo cubrir la deuda de, aproximadamente, US $ 300 millones con sus pensionistas (la misma tuvo que ser asumida por el Tesoro Público).

Autorización para iniciar procesos judiciales dirigidos a recuperar “derechos de dominio público portuario”

El proyecto de ley plantea facultar a Enapu a iniciar procesos judiciales vinculados a la afectación de “los derechos de dominio público portuario”. Es decir, la propuesta facultaría a Enapu a iniciar procesos para revertir a su favor determinados bienes y derechos necesarios para desarrollar la actividad portuaria y que han sido otorgados a los privados en concesión (o bajo otras modalidades contractuales) por el Estado.

La mencionada medida atentaría contra la seguridad jurídica otorgada por el Estado a las empresas concesionarias privadas a través de los respectivos contratos y, consecuentemente, se podría frenar la inversión en los puertos. 

En efecto, en vista que los referidos procesos judiciales podrían durar muchos años y pondrían en cuestión la continuación de las actividades de dichas empresas en los puertos, las mismas correrían el riesgo de perder las inversiones ya realizadas y las que estén por realizar por lo que estas se retrasarían o ya no se efectuarían.

Derogación del Decreto Legislativo 1022

Como si no fuera suficiente con el desincentivo a la inversión privada que implicarían las anteriores medidas, el proyecto de ley propone, además, derogar el Decreto Legislativo 1022, que modificó la Ley del Sistema Portuario Nacional (Ley 27943), y que el texto original de esta última recupere plena vigencia.

Esta medida, que atenta contra la estabilidad y la seguridad jurídica, tan necesarias para la inversión, desbarataría el marco legal que ha permitido que los privados se arriesguen a invertir en los puertos del país y que, en poco tiempo, ha conseguido que varios de estos modernicen su infraestructura y sean más eficientes. 

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