Páginas

14 agosto, 2012

Proponen nuevos requisitos para la presentación de proyectos de ley

La congresista Claudia Faustina Coari Mamani presentó al Congreso de la República el proyecto de resolución legislativa1218 que plantea modificar el artículo 75 del Reglamento del Congreso que establece los requisitos que deben tener los proyectos de ley que se presentan al Parlamento.
Actualmente, el referido artículo establece que todo proyecto de ley o de resolución legislativa debe contener:

1.    La exposición de motivos que exprese sus fundamentos.

2.    El efecto de su vigencia sobre la legislación nacional.

3.    El análisis costo–beneficio de la futura norma legal (incluido, cuando corresponda, un comentario sobre su incidencia ambiental)

4.    La fórmula legal dividida en títulos, capítulos, secciones y artículos.
Adicionalmente, el artículo 76 del Reglamento del Congreso señala los requisitos especiales de las proposiciones de ley o de resolución legislativa dependiendo de quién sea el proponente (los Congresistas, el Presidente de la República, los ciudadanos, etc.). Así, en el caso de los congresistas, se exige, entre otros requerimientos, que sus proyectos de ley expresen su relación “(…) con la agenda legislativa (…) y las políticas de Estado expresadas en el Acuerdo Nacional”.

¿Qué cambios introduce el proyecto?
La propuesta plantea que los requisitos para la presentación de proyectos de ley sean los siguientes:

1.       Diagnóstico actual de la problemática materia del proyecto.

2.       Análisis de los involucrados.

3.       Identificación del problema central.

4.       Identificación y elección de las alternativas.

5.       Marco conceptual y enfoque de desarrollo:

-      Enfoque de desarrollo humano.

-      Enfoque de género.

-      Enfoque de gestión por resultados.

6.       Análisis costo-beneficio.

7.       Efecto de la futura norma sobre la legislación nacional.

8.       Vinculación con las políticas del Acuerdo Nacional.

9.       Análisis del impacto ambiental cuando corresponda.

10.    Fórmula legal con lenguaje inclusivo.

Se puede apreciar que la propuesta agregaría cinco nuevos requisitos (los resaltados), suprimiría la exigencia de la exposición de motivos (necesaria actualmente) y agregaría la necesidad de que la fórmula legal de las propuestas esté en lenguaje inclusivo.
Ahora bien, en realidad no se eliminaría la exposición de motivos sino que los cinco requisitos adicionales (para la presentación de proyectos de ley) serían la nueva exposición de motivos y, por tanto, los que la estarían “reemplazando”.

Al respecto, se debe recordar que el Reglamento de la Ley marco para la producción y sistematización legislativa señala que:
“La exposición de motivos consiste en la fundamentación jurídica de la necesidad de la propuesta normativa, con una explicación de los aspectos más relevantes y un resumen de los antecedentes que correspondan y, de ser el caso, de la legislación comparada y doctrina que se ha utilizado para su elaboración”.

Entonces, de acuerdo con dicho reglamento, la actual exposición de motivos ya podría contener los cinco nuevos requisitos que pretende incorporar el proyecto de resolución legislativa bajo comentario. Por ello, tal vez una mejor opción hubiera proponer que se mantenga la exposición de motivos e incorporar dentro de ella los cinco requisitos ya mencionados como contenido obligatorio.

Por otro lado, en lo que concierne al uso de “lenguaje inclusivo” (en el que debería expresarse la fórmula legal de los proyectos de ley), no queda claro a qué se hace referencia con dicho término, más preciso hubiera sido señalar que el lenguaje usado debe ser claro y simple (con el fin de evitar redacciones obscuras, ambiguas y con tecnicismos innecesarios que hagan poco accesible la comprensión de los proyectos de ley y las eventuales leyes).
Ud. puede opinar sobre esta y otras propuestas en 131 Voces.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comenta