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06 agosto, 2012

Pérdida de la patria potestad por delito de feminicidio

En julio de este año, la congresista Ana María Solórzano presentó ante el Congreso el proyecto de ley 1323 que propone que, además de la pena de cárcel, el delito de feminicidio se sancione con la perdida de la patria potestad[1].

¿Qué es el Feminicidio?
El Feminicidio es el asesinato de mujeres por razones de género, y es la forma más extrema de violencia contra la mujer, pues muestra el deseo del agresor de poseer o dominar a la mujer[2].
Nuestra legislación recoge el delito de feminicidio en el artículo 107 del Código Penal que establece que el hombre que mate a su cónyuge, conviviente o a quien ha estado ligada a él por alguna relación parecida será sancionado con no una pena de 15 a 25 años de prisión.

¿Qué propone el proyecto de ley?
La propuesta señala que, además de la condena a prisión, el delito de feminicidio sea sancionado con la perdida de la patria potestad para el autor del mismo. La iniciativa legislativa, complementariamente, plantea introducir cambios en el Código de Niños y Adolescentes y en el Código Civil para que, cuando se abra un proceso por feminicidio, se suspenda temporalmente la patria potestad del supuesto autor del delito y en caso se le condene, se le quite definitivamente.

Ud. puede opinar sobre esta y otras propuestas legislativas en el portal web de 131 Voces.

[1] La patria potestad es el deber y derecho que tienen los padres de cuidar de la persona y bienes de los hijos menores de edad. (Definición descrita en el artículo 418 del Código Civil)
[2] Marcela Lagarde y de los Ríos, Reporte Feminicidio en el Perú.

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